DERECHO ROMANO
El Derecho Romano, es una materia fundamental para la formación del jurista moderno, ya que trae las sabias enseñanzas del Derecho de la Roma clásica; es el Derecho que fundamenta la legislación civil de gran parte de Europa y toda América Latina. Este Derecho aunque ya no se encuentra vigente, se sigue invocando en los juzgados, sobre todo cuando el Derecho Positivo tiene lagunas y cuando se requiere reforzar el articulado del Código Civil con las doctrinas de Ulpiano, Paulo, Modestino y demás jurisconsultos.
Ahora bien, con independencia del sistema político concreto que se desarrolle, lo
que está claro es que el Derecho (como norma de convivencia social) tiene, a su vez,
distintos significados diferentes pero complementarios:
1º) Derecho Objetivo (norma agendi) El Conjunto de normas jurídicas que regulan la
convivencia en sociedad y se imponen a la conducta humana de una forma coactiva.
2º) Derecho Subjetivo (facultas agendi) Es la Facultad jurídica que a una determinada
persona atribuye el Derecho Objetivo. Facultad concedida a una persona de usar o
disfrutar de una cosa de una manera más o menos completa (ius in rem), o bien de exigir
a una determinada persona (ius in personam) una cierta prestación o comportamiento de
dar, hacer o no hacer.
3º) Derecho Positivo) Es el derecho objetivo y subjetivo vigente o actual, es decir, es
el que se aplica efectivamente a una sociedad determinada.
4º) Derecho Histórico: El derecho del pasado que el jurista actual puede estudiar o
analizar pero no aplicar, puesto que no es un derecho vigente o derecho positivo.
De estos significados del Derecho se desprende otros tantos conceptos que se
dan tanto en el ámbito objetivo como en el subjetivo, ya sea pasado o vigente, tales
como:
• Sujeto del Derecho: Titular del Derecho (persona física o individuo y persona
jurídica o entes sociales y bienes).
• Objeto del Derecho: Parte del mundo exterior en el cual se ejerce el Derecho.
Cualquier cosa que sea útil o capaz de producir al individuo la creación,
modificación o extinción de un derecho.
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